GUANO, Chimborazo.- En el ámbito de las competencias y luego de haber conocido, analizado y aprobado en sesiones ordinarias de Concejo Municipal del 31 de julio de 2018 y 23 de octubre de 2019; desde el 8 de enero de 2020 tiene vigencia la Ordenanza Nº 005-2019, Sustitutiva que regula la obtención de la Licencia Única Anual de Funcionamiento (LUAF) de los establecimientos turísticos en el cantón Guano, para poder operar en actividades turísticas.
La obligatoriedad es para personas naturales y jurídicas debidamente registradas por la Autoridad Nacional de Turismo para ofertar alojamiento, operación e intermediación turística, parques de atracción estables, alimentos y bebidas, balnearios, alimentos y bebidas, centros turísticos comunitarios, transporte turístico, etc.
El cuerpo legal contenido en 4 capítulos, 9 considerandos, 20 artículos, 4 disposiciones generales y 2 transitorias, 1 derogatoria y disposición final única; regulará la obtención, reclasificación, renovación de acuerdo a parámetros de atención y prestación de servicios.
El control mediante inspecciones cumplirá el personal técnico de la Unidad de Turismo al contexto de prohibiciones, sanciones, requisitos, tasas y beneficios.
Desde el 08 de enero, corre el plazo de 45 días para la obtención de la LUAF y 60 días para la renovación anual legal vigente.
Cabe señalar que la recaudación por concepto de la LUAF tiene fines de desarrollo turístico: difusión, promoción, capacitación y estímulos a la inversión.