QUITO.- 42 Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales (GADM) del país recaudarán en sus dependencias, de manera directa el impuesto al rodaje desde el 1 de enero de 2018.
Así lo dieron a conocer el Consejo Nacional de Competencias y la asociación de Municipalidades ecuatorianas en una circular enviada este 19 de diciembre a los alcaldes de los municipios involucrados, firmada por la secretaria ejecutiva (subrogante) de esa entidad, María Lorena Santillán, y el presidente de la AME, Daniel Avecilla Arias.
Como antecedente, el pasado 19 de septiembre, por disposición del presidente Avecilla, el director ejecutivo de AME, Alejandro Álvarez, remitió a la titular del CNC, María Caridad Vázquez, el oficio número 669-DE-AME-2017, en el que da cuenta de los problemas que se registran al recaudar el impuesto.
Nueve días después, María caridad Vasquez fue recibida en el seno de la AME por su Comité Ejecutivo, donde se planteó nuevamente El inconveniente que se genera porque la información de los GAD que mantienen convenios con el Servicio de Rentas Internas para el cobro de dicho tributo, se enlazaba con el sistema nacional lo que causaba problemas a los Municipios que recaudan de manera individual.
Es decir, un GAD que no cuenta con un convenio, al momento de matricular un vehículo le corresponde recaudar el impuesto al rodaje de su jurisdicción, sin embargo, en el sistema aparece el registro de los 42 GAD con convenio, generando un doble pago al usuario.
En la circular, CNC y AME señalan que en la búsqueda de solucionar el problema mantuvo varias reuniones de análisis de la situación con el Servicio de Rentas Internas y con la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas, y que el gremio municipalista, en oficio con fecha 1 de noviembre de 2017 indicó que los GAD metropolitanos y municipales que mantienen convenios de cooperación con el SRI, ya contaban con la capacidad tecnológica, el talento humano y la estructura administrativa para para asumir la competencia.
El 29 de mayo de 2012, mediante resolución 006-CNC-2012 el CNC transfirió la competencia de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial a los Gobiernos Autónomos Descentralizados metropolitanos y municipales.
Dicha resolución, en su artículo 27, determina que para el ejercicio de las facultades y atribuciones los GAD metropolitanos y municipales contarán, entre otros, con los recursos provenientes del impuesto a los vehículos (rodaje).
Al respecto, en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización -Cootad- (artículos 538 al 542) se establece la forma y lugar de pago; para lo último se indica que “el impuesto se lo deberá pagar en el cantón donde esté registrado el vehículo”.