ASAMBLEA NACIONAL APROBÓ REFORMAS AL COOTAD

El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, estableció un conjunto de normas comunes a los gobiernos autónomos descentralizados facilitando la simplificación, homologación, integración administrativa y complementación entre los distintos niveles de gobierno, para contribuir al cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Nacional para el Buen Vivir, relacionadas con la descentralización, desconcentración del Estado y la consolidación de una administración pública eficiente, eficaz y participativa.

Luego de tres años de aplicación y vigencia del Código, la presente reforma se realizó pretendiendo alcanzar los siguientes objetivos: 1) Mejorar procedimientos para la remoción de autoridades, garantizando los derechos de cada una de las partes. 2) Aclarar el procedimiento de regularización de excedentes o diferencias en los terrenos. 3) Establecer los requisitos para la creación de parroquias en función del ordenamiento territorial. 4)  Determinar normas técnicas constructivas de aplicación imperativa para lograr un hábitat seguro. 5) Incrementar la proporción para aéreas verdes y comunales en las ciudades. 6) Alcanzar mayor eficiencia en el gasto de los gobiernos autónomos descentralizados; entre otros.

Richard Calderón, Presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos de la Asamblea Nacional, destacó: “Los cambios posibilitan mejorar los ingresos para los municipios en razón de contribuciones especiales, cuando se generen procesos de planificación o administrativos que permitan incrementar el valor de las propiedades”.

Las reformas buscan evitar la creación injustificada de parroquias y cantones, propone incorporar como requisito para la creación de nuevas parroquias, los informes técnicos favorables por parte de los organismos encargados de límites y de estadísticas y censos.

Además, el COOTAD establece mecanismos para regularizar asentamientos humanos consolidados que, en muchos cantones del país, no han podido ser legalizados; brindando mayor seguridad jurídica a los gobiernos autónomos descentralizados municipales para regularizar estos asentamientos; por lo que, se ha realizado reformas sobre la potestad de partición administrativa y expropiación especial.

En el caso de excedentes y diferencias de terrenos públicos y privados, se han integrado varias propuestas; a fin de regularizar el título de dominio, se faculta a cada municipio expedir ordenanzas que regulen la forma de adjudicación, el error técnico aceptable de medición y el precio a pagar, tomando como referencia el avalúo catastral.

También, se establece la obligación de aplicar las normas ecuatorianas de la construcción para todo tipo de proyectos habitacionales y constructivos y se dispone el soterramiento o adosamiento de cables para mejorar la seguridad y el desarrollo urbanístico de las ciudades, evitando la contaminación visual.

Se amplía el porcentaje mínimo de dotación de áreas verdes y comunales en toda división de suelo para fraccionamiento y urbanización a fin de obtener e implementar un mejor equipamiento urbano, en concordancia con los planes de ordenamiento territorial de cada jurisdicción cantonal.

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