Más de 70 técnicos municipales de las Provincias de El Oro, Loja y Zamora Chinchipe asisten al taller seminario de Valoración Predial Urbano y Rural, organizado por la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME), la Dirección Técnica y de Planificación, la Coordinación de Desarrollo Territorial y el Área de Catastros.
El acto se inauguró ayer en el Hotel REGAL, por parte del Eco. Danilo Mora, Alcalde de Zaruma y Presidente de la Regional 7- AME quién destacó la importancia de capacitar a los Concejales, Presidentes de la Comisión de Catastros ,Directores de avalúos y catastros ,Jefes de avalúos y catastros y Directores de Planificación , ya que podrán replicar en sus municipios, el proceso metodológico utilizado en el taller, informarán de la utilidad del sistema integral del catastro, además, estarán en capacidad de analizar la situación actual de su propia municipalidad en lo referente a los procesos de valoración del catastro urbano y rural y en capacidad de procesar la información y formular las propuestas para la normativa catastral.
Según destacarón los Técnicos de AME Nacional, Arq. Juan Salgado, Arq. Miguel Vega y el Ing. Milton Jaramillo, se establece como uno de sus objetivos el fortalecimiento de la administración municipal, en base a la estructuración e iplementación técnica de la planificación territorial, en la que se inscribe la ejecución, actualización y mantenimiento de los sistemas catastrales en los ámbitos rural y urbano.
Valoración de la propiedad rural
Los técnicos recalcaron que los predios rurales serán valorados mediante la aplicación de los elementos de valor del suelo, valor de las edificaciones y valor de reposición previstos en esta Ley; con este propósito, el concejo aprobará, mediante ordenanza, el plano del valor de la tierra, los factores de aumento o reducción del valor del terreno por aspectos geométricos, topográficos, accesibilidad al riego, accesos y vías de comunicación, calidad del suelo, agua potable, alcantarillado y otros elementos semejantes, así como factores para la valoración de las edificaciones.
Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley:
1. Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.
2. Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.
3. Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.
4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley.
5. Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.
6. Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal.
7. Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley.
8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines.
9. Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales.
10. Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley.
1. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas.
12. Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras.
13. Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.
14.Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.